LIBRO CONTABLE
Los libros contables pueden ser de carácter obligatorio o
voluntario. Los libros obligatorios son:
-Libro de Inventario y Cuentas Anuales
-Los libros contables voluntarios son:
-Libros auxiliares
Según el Código de Comercio, todo empresario deberá llevar
una contabilidad ordenada que permita el orden cronológico de sus operaciones.
Los empresarios deberán conservar los libros contables y
cualquier documentación relativa durante seis años, además de legalizar los
libros mediante su presentación en el Registro Mercantil donde la empresa tenga
su domicilio social.
El fin de legalizar los libros contables es el de sellar la
información presentada, de manera que no sea posible su manipulación
posteriormente.
A parte de los libros contables, recordad que existen otros
libros de carácter obligatorio cuya presentación no es periódica, como por
ejemplo: el libro de registro de socios, libro de actas o libro de acciones
nominativas, los cuales se legalizan una única vez al comienzo de la actividad
de la empresa.
Plazo de presentación de los libros oficiales
Los libros contables se podrán presentar por diferentes
métodos:
Papel: libros encuadernados con páginas enumeradas para
evitar modificaciones en la composición.
Soporte magnético: entrega de cd o dvd que contenta la
información a legalizar.
Presentación por vía telemática: a través de la web del
Colegio de Registradores y disponiendo siempre de firma electrónica.
(TOMADO DE https://www.reviso.com/es/que-son-los-libros-contables)
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